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La importancia de registrar el nombre de tu empresa: protege tu negocio desde el principio

En el competitivo mundo empresarial, elegir el nombre de tu empresa es uno de los pasos más importantes. Sin embargo, no basta con tener un nombre atractivo y único; es imprescindible registrarlo para protegerlo y evitar que otros lo usen. En este artículo, te explicaremos por qué es esencial registrar el nombre de tu empresa y cómo Agencia de Marcas, especialistas en patentes y marcas, puede ayudarte a hacerlo de manera sencilla y segura.


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¿Por qué registrar el nombre de tu empresa?

Registrar el nombre de tu empresa es mucho más que un simple trámite; es un paso fundamental para proteger tu identidad comercial y garantizar tu exclusividad en el mercado. Estas son las principales razones:

1. Protege tu identidad comercial

El registro del nombre asegura que nadie más pueda usar el mismo nombre o uno similar que pueda confundir a tus clientes. Esto evita conflictos legales y protege tu reputación.

2. Evita problemas legales costosos

Sin el registro, otra empresa podría reclamar tu nombre, obligándote a cambiarlo y a rehacer toda tu identidad corporativa. Esto no solo genera un alto costo económico, sino también una pérdida de confianza de tus clientes.

3. Construye confianza y profesionalismo

Tener un nombre registrado transmite seriedad y compromiso a tus clientes y socios comerciales. Una empresa protegida legalmente es percibida como sólida y confiable.

4. Aumenta el valor de tu negocio

El nombre registrado se convierte en un activo intangible. Puede valorizarse con el tiempo, abrirte puertas para expandirte a nuevos mercados y facilitar acuerdos comerciales.


Beneficios de registrar tu nombre con Agencia de Marcas

Cuando decides registrar el nombre de tu empresa, es vital contar con expertos que te asesoren en cada paso. Agencia de Marcas ofrece un servicio integral, rápido y confiable que incluye:

  • Análisis de viabilidad: Realizamos una búsqueda exhaustiva para asegurarnos de que tu nombre esté disponible y no infrinja derechos de terceros.
  • Asesoramiento personalizado: Te guiamos en todo el proceso, respondiendo tus dudas y adaptándonos a tus necesidades específicas.
  • Registro nacional e internacional: Protege tu nombre donde operes, ya sea a nivel local o en mercados internacionales.
  • Equipo experto en patentes y marcas: Más de [X años] de experiencia respaldan nuestra trayectoria, brindándote tranquilidad y confianza.

Tu éxito es nuestra prioridad, y nuestro compromiso es proteger tu identidad comercial para que puedas enfocarte en lo que mejor haces: hacer crecer tu empresa.


¿Qué pasa si no registro el nombre de mi empresa?

No registrar el nombre de tu empresa puede exponerte a riesgos importantes, como:

  • Pérdida de exclusividad: Otra empresa podría usar tu nombre, generando confusión en el mercado.
  • Conflictos legales: En caso de disputa, quien registre primero tendrá los derechos legales sobre el nombre.
  • Costos inesperados: Cambiar de nombre implica rehacer logotipos, papelería, sitio web y otros elementos de marca.

Registrar el nombre de tu empresa es una inversión que te ahorra problemas futuros y asegura el crecimiento sostenible de tu negocio.


El momento es ahora: protege tu negocio con Agencia de Marcas

Registrar el nombre de tu empresa no es solo un requisito legal, es la base para construir una identidad sólida y duradera. Con Agencia de Marcas, el proceso es simple, rápido y accesible. Nuestro equipo de expertos se encargará de todo, desde el análisis inicial hasta el registro final, asegurando que tu empresa esté protegida en todo momento.

¡No lo dejes para mañana!

Haz que tu negocio destaque, protege tu identidad y evita riesgos innecesarios. Contáctanos hoy y da el primer paso para registrar el nombre de tu empresa con la ayuda de los mejores en patentes y marcas.


Con Agencia de Marcas, tu identidad está en buenas manos. ¡Protege lo que has construido!


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Por qué debo registrar mi marca y mi logo: protege tu identidad con Agencia de Marcas

En un mercado competitivo y en constante cambio, cada detalle cuenta. El nombre de tu empresa y el logo que la representa son más que simples símbolos: son tu identidad, la manera en que tus clientes te reconocen y te diferencian de la competencia. Registrar tu marca y tu logo es un paso esencial para proteger esta identidad y asegurar que puedas seguir usándolos sin el riesgo de que otra persona los reclame.

1. Protección de tu Identidad: ¿Por qué registrar tu marca?

El registro de marca no es solo un trámite legal; es una inversión en tu negocio. Cuando registras tu marca, estás obteniendo derechos exclusivos para usar ese nombre o logo en el sector y en el ámbito geográfico en el que operes. Esto te asegura que:

  • Nadie más pueda usar un nombre o logo igual o similar que confunda a tus clientes.
  • Proteges tu marca de usos no autorizados que podrían dañar tu reputación.
  • Te permite actuar legalmente si otra empresa intenta aprovecharse de tu marca o logo.

Con Agencia de Marcas, la protección de tu identidad está en buenas manos. Nuestro equipo de especialistas en patentes y marcas se encarga de todo el proceso, asegurando que tu negocio esté protegido y que puedas concentrarte en hacer crecer tu marca.

dar de alta una marca

2. Evita Conflictos Legales y la Pérdida de Clientes

Imagina que después de años de trabajo construyendo tu marca, alguien en el mismo sector usa un nombre similar. Esto no solo puede generar confusión en tus clientes, sino que puede llevar a conflictos legales costosos y, en el peor de los casos, a la pérdida de tu propia marca. El registro de marca evita este tipo de problemas al otorgarte la exclusividad de uso.

3. Aumenta el Valor de tu Negocio

Registrar tu marca y logo también agrega valor a tu negocio. Una marca registrada es un activo intangible, lo que significa que su valor puede crecer con el tiempo y puede incluso ser vendida o licenciada a otros. Para los inversores y clientes, una marca registrada muestra seriedad y profesionalismo, cualidades fundamentales para construir relaciones de confianza.

4. Diferénciate de la Competencia

Un nombre y un logo únicos te permiten destacar en un mercado saturado. Registrar tu marca y logo es el primer paso para construir una identidad sólida, y en Agencia de Marcas te ayudamos a lograrlo con un enfoque personalizado y un proceso transparente.

5. La Importancia de Asesorarte con Expertos en Patentes y Marcas

Registrar una marca puede parecer un proceso complejo, pero en Agencia de Marcas hacemos que sea simple y rápido. Nuestro equipo está aquí para asesorarte en cada paso, desde la búsqueda de disponibilidad hasta el registro en el ámbito nacional o internacional, si es necesario.

¿Listo para Proteger tu Marca? ¡Contacta a Agencia de Marcas!

Registrar tu marca y logo no es solo una opción; es una necesidad para proteger el esfuerzo y dedicación que has invertido en construir tu identidad. En Agencia de Marcas, nos encargamos de todo el proceso para que puedas concentrarte en lo que mejor haces: hacer crecer tu negocio.

No dejes que otros aprovechen tu creatividad y esfuerzo. Protege tu identidad y haz que tu negocio sea único. ¡Contáctanos hoy y descubre cómo podemos ayudarte a registrar tu marca y logo!

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Cómo Crear una Marca Sólida y la Necesidad de Registrarla

En el competitivo mundo empresarial de hoy, crear una marca sólida es esencial para el éxito a largo plazo. Una marca fuerte no solo distingue tus productos o servicios en el mercado, sino que también construye confianza y lealtad entre tus clientes. Sin embargo, una marca sólida necesita protección legal para evitar que otros se aprovechen de tu arduo trabajo. Por eso, es crucial registrar tu marca. En este artículo, exploraremos los pasos para crear una marca sólida y por qué es necesario registrar tu marca.

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¿Qué es una Marca Sólida?

Definición y Elementos Clave

Una marca sólida es aquella que es fácilmente reconocible y respetada por los consumidores. Los elementos clave de una marca sólida incluyen:

  • Nombre: Un nombre único y memorable.
  • Logo: Un diseño visualmente atractivo que represente tu negocio.
  • Eslogan: Una frase corta que capture la esencia de tu marca.
  • Valores y Misión: Principios fundamentales que guían tus operaciones y resuenan con tu audiencia.

Importancia de la Identidad de Marca

La identidad de marca es lo que hace que tu negocio sea único. Incluye la voz, el tono y el estilo con el que te comunicas con tus clientes. Una identidad de marca coherente y bien definida ayuda a construir una relación emocional con tus clientes, lo que puede traducirse en lealtad y repetición de negocios.

Pasos para Crear una Marca Sólida

1. Investigación de Mercado

Antes de crear tu marca, es crucial realizar una investigación de mercado exhaustiva. Esto te ayudará a entender las necesidades y deseos de tus clientes potenciales y a identificar oportunidades para diferenciarte de la competencia.

2. Definir tu Público Objetivo

Conocer a tu audiencia es esencial para crear una marca que resuene con ellos. Define claramente quiénes son tus clientes ideales y qué valoran. Esto te permitirá adaptar tu mensaje y diseño para atraerlos de manera efectiva.

3. Diseñar un Logo y Eslogan

Tu logo y eslogan son las representaciones visuales y verbales de tu marca. Trabaja con un diseñador gráfico profesional para crear un logo único y memorable. Tu eslogan debe ser corto, relevante y fácil de recordar.

4. Desarrollar una Voz de Marca

La voz de tu marca es la forma en que te comunicas con tu audiencia. Debe ser coherente en todos los canales de comunicación, desde tu sitio web hasta las redes sociales. Define un tono que refleje la personalidad de tu marca y resuene con tu público.

5. Crear una Estrategia de Marketing

Una estrategia de marketing sólida es esencial para construir y mantener una marca fuerte. Utiliza una combinación de marketing digital, redes sociales y publicidad tradicional para aumentar la visibilidad y el reconocimiento de tu marca.

La Necesidad de Registrar tu Marca

Protección Legal

Una vez que hayas creado una marca sólida, el siguiente paso crucial es registrar tu marca. El registro de marca te otorga derechos legales exclusivos sobre el uso de tu nombre y logotipo. Esto significa que puedes tomar acciones legales contra cualquiera que intente usar tu marca sin tu permiso.

Prevención de Infracciones

Registrar tu marca también te ayuda a prevenir infracciones y a proteger tu reputación. Sin un registro de marca, corres el riesgo de que otros negocios usen un nombre o logo similar, lo que puede causar confusión entre los consumidores y dañar tu imagen de marca.

Incremento del Valor Comercial

Una marca registrada es un activo valioso que puede aumentar el valor de tu negocio. Si decides vender tu empresa en el futuro, una marca registrada puede hacer que tu negocio sea más atractivo para los compradores potenciales.

Confianza del Consumidor

El registro de marca también puede aumentar la confianza del consumidor. Cuando los clientes ven el símbolo de marca registrada, saben que están comprando productos o servicios de una fuente confiable y protegida legalmente.

Cómo Registrar tu Marca

Proceso de Registro

En la Agencia Andaluza para el registro de la marca nos encargamos de todo el proceso para evitar errores.

Recomendaciones Profesionales

Considera contratar a una empresa como nosotros especializada en propiedad intelectual para guiarte a través del proceso de registrar tu marca. Esto puede ayudarte a evitar errores y aumentar tus posibilidades de éxito.

Conclusión

Crear una marca sólida es esencial para el éxito de tu negocio, pero no es suficiente por sí solo. Para proteger tu inversión y garantizar el crecimiento a largo plazo, es crucial registrar tu marca. Al hacerlo, no solo proteges tu identidad empresarial, sino que también aprovechas una serie de beneficios económicos y legales que pueden impulsar tu negocio hacia el éxito.

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Beneficios Económicos de Dar de Alta una Marca: Protegiendo tu Inversión Empresarial

El proceso de dar de alta una marca no solo implica proteger tu identidad empresarial, sino que también conlleva una serie de beneficios económicos significativos que pueden impulsar el crecimiento y la rentabilidad a largo plazo. En este artículo, exploraremos en detalle cómo el registro de marca puede ser una inversión estratégica para tu empresa, brindándote una ventaja competitiva y protegiendo tus activos más valiosos.

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1. Aumento del Valor Comercial

Una de las ventajas más evidentes de dar de alta una marca es el aumento del valor comercial de tu empresa. Una marca registrada es un activo tangible que puede aumentar el atractivo de tu negocio para posibles inversores o compradores. Al tener una marca registrada, estás protegiendo no solo tu nombre comercial, sino también el valor asociado a él, lo que puede resultar en una valuación más alta de tu empresa en el mercado.

2. Protección contra Infracciones y Litigios

Otro beneficio económico clave del registro de marca es la protección legal que ofrece contra infracciones y litigios. Al tener una marca registrada, tienes el derecho exclusivo de utilizar ese nombre en tu industria y territorio específicos. Esto significa que puedes tomar medidas legales contra cualquier persona o empresa que intente utilizar tu marca sin tu permiso, lo que puede ahorrarte costosos litigios y pérdidas de ingresos.

3. Diferenciación en el Mercado

El registro de marca te ayuda a diferenciarte en un mercado saturado. Una marca registrada es un símbolo de autenticidad y calidad, lo que puede ayudar a establecer la confianza y la lealtad de los clientes. Al destacarte entre la competencia, puedes atraer a más clientes y aumentar tus ventas, lo que se traduce en un crecimiento económico sostenible para tu empresa a largo plazo.

4. Generación de Ingresos Adicionales

Una marca registrada puede convertirse en una fuente de ingresos adicional a través de licencias y franquicias. Al tener el control exclusivo sobre tu marca, puedes otorgar licencias a terceros para que utilicen tu nombre en productos o servicios relacionados, a cambio de regalías. Esto te permite expandir tu alcance sin incurrir en grandes costos adicionales, lo que puede impulsar significativamente tus ingresos.

5. Reducción de Costos de Marketing

Cuando tienes una marca registrada, no tienes que preocuparte por la competencia que pueda utilizar tu nombre para confundir a los clientes. Esto significa que puedes reducir los costos de marketing asociados con la protección de tu marca y la lucha contra la competencia desleal. En lugar de gastar recursos en defender tu nombre, puedes enfocarte en estrategias de marketing más efectivas para hacer crecer tu negocio.

Conclusion

En resumen, dar de alta una marca no solo es una medida de protección, sino también una inversión económica estratégica para tu empresa. Desde el aumento del valor comercial hasta la protección contra litigios y la generación de ingresos adicionales, los beneficios económicos de registrar tu marca son abundantes y significativos. Por lo tanto, considera el registro de marca como una parte integral de tu estrategia empresarial y aprovecha al máximo los beneficios económicos que ofrece.

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La Posibilidad de Patentar Productos de Alimentación: Beneficios para los Innovadores

En el campo de la industria alimentaria, la innovación desempeña un papel crucial para diferenciar productos y satisfacer las demandas del mercado. La oportunidad de patentar productos de alimentación, como el Gazpacho Alvalle o la salsa brava, ofrece beneficios significativos a los innovadores.

Según la ley de patentes, los productos alimentarios pueden ser patentables si cumplen con los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicabilidad industrial. Esto implica que deben ser nuevos en el mercado, implicar una innovación no obvia y ser susceptibles de producción o aplicación industrial.

Los beneficios de patentar productos de alimentación incluyen:

Protección Legal: La patente otorga al titular el derecho exclusivo de utilizar y comercializar el producto, protegiendo así la inversión en investigación y desarrollo.

Diferenciación en el Mercado: La patente proporciona un elemento distintivo que aumenta la competitividad y la percepción de valor para los consumidores.

Incentivo a la Innovación: La perspectiva de obtener protección legal incentiva la inversión en investigación y desarrollo de nuevos productos alimentarios.

Potencial de Ingresos: Las patentes pueden generar ingresos adicionales a través de licencias o acuerdos comerciales.

En resumen, la posibilidad de patentar productos de alimentación fomenta la competencia y mejora continua en la industria, beneficiando tanto a los innovadores como al sector en su conjunto.

La patentabilidad de un producto alimentario se basa en su novedad y la capacidad de aportar un valor significativo para los consumidores. La demostración de innovación y diferenciación es esencial para obtener protección legal y asegurar el éxito del producto en el mercado.

La combinación de una receta única, un método de fabricación innovador y beneficios tangibles para los consumidores garantiza el éxito y la protección legal del producto alimentario patentado

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¡Brindemos por un Nuevo Año de Éxito y Prosperidad!

En este emocionante umbral del 2024, queremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a todos nuestros valiosos clientes. ¡Feliz Año Nuevo!

El año pasado fue un viaje increíble, lleno de desafíos superados y metas alcanzadas gracias a su apoyo inquebrantable. Cada uno de ustedes ha sido una pieza fundamental en el éxito de nuestra empresa, y nos llena de gratitud iniciar este nuevo año a su lado.

El 2024 nos ofrece una oportunidad para crecer juntos, para alcanzar nuevas alturas y para fortalecer aún más nuestra relación. Estamos emocionados por las emocionantes posibilidades que el futuro nos depara y ansiosos por continuar brindándoles productos/servicios de alta calidad.

Que este año nuevo esté lleno de momentos de alegría, éxito y realización de sueños. Apreciamos profundamente su confianza y esperamos continuar siendo su elección número uno.

¡Que el 2024 les traiga a ustedes y a sus seres queridos salud, felicidad y abundancia! Estamos emocionados por lo que el futuro nos depara y anticipamos con entusiasmo otro año de colaboración fructífera.

Con nuestro mejores deseos

El equipo de Agencia de Marcas

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¡Feliz Navidad!

¡Feliz Navidad!

¡Celebremos Juntos la Magia de la Navidad!

En esta temporada llena de luz y alegría, queremos extender nuestros más cálidos deseos navideños a todos nuestros apreciados clientes. ¡Feliz Navidad!

Este año ha sido especial, lleno de desafíos y logros compartidos. Agradecemos sinceramente su confianza y lealtad a lo largo de los meses. Cada uno de ustedes ha contribuido al éxito de nuestra empresa, y por eso queremos expresar nuestra gratitud de la manera más festiva posible.

La Navidad nos brinda la oportunidad de reflexionar sobre lo que realmente importa: la amistad, la familia y la solidaridad. En este espíritu, deseamos que estas fiestas estén llenas de momentos preciosos y experiencias inolvidables.

Que la luz de la Navidad ilumine sus hogares y corazones, llevando consigo paz y felicidad. Agradecemos la oportunidad de seguir siendo parte de sus vidas y esperamos con entusiasmo lo que el próximo año nos deparará juntos.

¡Felices fiestas y un próspero año nuevo! Que el espíritu navideño inspire días llenos de amor, esperanza y éxito.

 

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Subvención del 75% de la UE finalizada

Subvención del 75% de la UE finalizada

La subvención de la Unión Europea del 75% ha sido una excelente oportunidad para aquellos que deseaban ahorrar dinero en el proceso de registro de su marca. Durante un tiempo limitado, esta subvención proporcionó a los solicitantes la posibilidad de obtener un descuento significativo en los costos asociados con el registro de marcas.

Sin embargo, es importante destacar que esta subvención ya ha finalizado. El plazo establecido para aprovechar esta oportunidad ha expirado y ya no está disponible para nuevos solicitantes. Aquellos que no tomaron acción a tiempo se han perdido la oportunidad de beneficiarse de este descuento.

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La Importancia de Registrar una Marca

La Importancia de Registrar una Marca

Si estás considerando iniciar un negocio o ya tienes uno en funcionamiento, es fundamental comprender la importancia de registrar una marca. El proceso de registrar marca es esencial para proteger tus productos o servicios, establecer tu identidad en el mercado y garantizar la exclusividad de tu nombre comercial. En este artículo, exploraremos por qué debes dar este paso crucial en tu estrategia empresarial.

¿Por qué Registrar una Marca?

1. Protección Legal: Registrar tu marca te brinda protección legal contra terceros que intenten utilizar un nombre similar. Esto evita la confusión entre los consumidores y protege la reputación de tu negocio.

2. Identidad y Reconocimiento: Una marca registrada es la cara de tu negocio. Te ayuda a establecer una identidad sólida y reconocible en el mercado. Los consumidores asociarán tu nombre comercial con tus productos o servicios de calidad.

3. Valor Comercial: Una marca registrada aumenta el valor de su negocio, lo que puede ser beneficioso si desea venderlo en el futuro. Las marcas registradas son activos valiosos que pueden generar ingresos adicionales.

4. Exclusividad: Al registrar tu marca, obtienes el derecho exclusivo de utilizarla en tu industria. Esto impide que otros negocios utilicen un nombre similar y se beneficien de su trabajo duro.

Conozca nuestros servicios y como podemos ayudarle.

Patentes y Marcas

Hablando de requisitos, es importante mencionar que el proceso de registro de marcas es diferente al de las patentes. Las patentes y marcas son dos formas distintas de proteger la propiedad intelectual. Las patentes se aplican a invenciones únicas, mientras que las marcas se centran en los nombres y logotipos que identifican tus productos o servicios.

¿Cuándo deberías registrar tu marca?

El momento ideal para registrar una marca es lo antes posible. No esperes hasta que tu negocio esté completamente establecido. Incluso al concebir la idea de tu negocio, debes considerar el proceso de registro de marca. Esto te asegura que nadie más podrá aprovechar tu nombre.

Contrata a Profesionales para un Registro Exitoso

El proceso de registro de marca puede ser complicado si no estás familiarizado con él. Para asegurarte de que todo se haga correctamente y maximizar tus posibilidades de éxito, considera contratar a un profesional en propiedad intelectual oa una empresa especializada en registro de marcas.

Conclusión

En resumen, la importancia de registrar una marca no puede subestimarse. Protege tu negocio, construye una identidad sólida y garantiza la exclusividad de tu nombre comercial. Si estás buscando registrador marca , asegúrate de seguir el proceso adecuado y considera la posibilidad de obtener ayuda profesional para asegurarte de que todo se haga correctamente. No subestimes el valor de este paso crucial en tu estrategia empresarial.

¿Listo para dar el siguiente paso en la protección de tu negocio? ¡No esperes más, contacta con nosotros  y asegura tu marca hoy mismo!

 

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No pierda la subvención del 75% de la UE, para registrar su nueva marca

No pierda la subvención del 75% que la UE le asegura, para registrar su nueva marca

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Si está pensando en registrar una nueva marca, es importante que sepa que la Unión Europea ofrece una subvención del 75% para este proceso. Sin embargo, es importante que actúe con rapidez, ya que esta subvención tiene un límite de tiempo y no querrá perder esta oportunidad única.

Registrar una marca es esencial para proteger su negocio y asegurarse de que nadie más pueda utilizar su nombre o logotipo. Además, una marca registrada puede aumentar el valor de su empresa y mejorar su reputación.

La subvención de la Unión Europea es una excelente oportunidad para ahorrar dinero en el proceso de registro de su marca. Pero recuerde, esta subvención tiene un límite de tiempo y es importante que actúe con rapidez para aprovecharla.

En resumen, si está pensando en registrar una nueva marca, no pierda la oportunidad de obtener la subvención del 75% de la Unión Europea. Actúe con rapidez y proteja su negocio de manera efectiva.

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Ainhoa versus Inoa

Todo empezó en 2009, cuando L’Oréal quiso registrar el nombre de su nueva línea de tintes Inoa. La empresa barcelonesa Cosmética Cabinas, que también operaba en el sector, se opuso porque el nombre era muy parecido al de su línea Ainhoa, registrado desde 2003.

L’Oréal contraatacó y quiso anular a Ainhoa. Finalmente, en 2012, la Oficina Europea de Registro de Marcas, Dibujos y Modelos (OAMI) falló a favor de Cosmética Cabinas el gigante francés tuvo que replantearse el branding de sus nuevos productos capilares.

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De Menoc Donald a Menoc Burguer

El restaurante gaditano cambia su nombre después de 34 años tres recibir un burofax amistoso de la cadena americana.

Un pequeño restaurante de comida rápida de Cádiz –Menoc Donald– se ha visto obligado a cambiar su nombre debido a una petición “amistosa” del gigante McDonalds. Así, 34 años después, el negocio ha pasado a llamarse Menoc Burger.

Recibimos un burofax de un bufete de abogados de Madrid que representaba a McDonalds pidiéndonos de forma amistosa que cambiáramos el nombre del local. Evidentemente, nos pusimos manos a la obra porque sabemos que teníamos las de perder si no lo hacíamos“, explicaba José Antonio Calvo, propietario del negocio en el Diario de Cádiz.

A los clientes de esta hamburguesería y pizzería no les ha gustado el cambio impuesto desde la multinacional americana. “Me parece fatal”, “no lo veo bien, debería seguir tal y como está”, afirman algunos de sus habituales en Andalucía Directo, de Canal Sur.

Desde que se conoció el cambio de nombre del local, ubicado en la céntrica calle Sagasta, han sido numerosas las reacciones en las redes sociales de sus fieles, incluido el alcalde de Cádiz.

“Pues yo sigo prefiriendo el Menoc Donald y el Menoc Burguer. Por atención, por calidad, porque lleva más de 30 años en la ciudad y porque por más que le obliguen a quitar el nombre, nunca le van a poder quitar su inconfundible sello”, aseguraba José María González, Kichi.

 

 
El dueño del restaurante con el cartel antiguo.Canal Sur

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Infracción de marca en el metaverso

Infracción de marca en el metaverso

Internet incrementa la posibilidad de que los derechos exclusivos de las marcas puedan ser infringidos. Analizamos los interrogantes y problemas que el metaverso implica para los signos distintivos.

Actualmente, el metaverso representa uno de los retos más importantes para los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial. Con el auge del mundo virtual, están surgiendo nuevos problemas legales relacionados con los derechos de marca y su uso.

EL SENTIDO DE LA MARCA

La principal función de la marca es permitir a los consumidores identificar los productos o servicios de una empresa en el mercado con el fin de distinguirlos de los productos o servicios idénticos o similares de la competencia. Así, la marca otorga un derecho exclusivo y confiere protección a un signo o logotipo en relación con los productos y servicios designados en la solicitud.

En este sentido, podemos considerar como uso indebido de una marca registrada cuando un tercero utiliza un signo distintivo similar a una marca registrada sin la debida autorización de su titular, para productos o servicios semejantes.

LOS RIESGOS DE INTERNET PARA UNA MARCA

Internet incrementa sumamente la posibilidad de que nuestros derechos exclusivos puedan ser infringidos. En el ámbito virtual, los principios que determinan la infracción de marca son los mismos que en el entorno offline, aunque los supuestos estén adaptados al mundo online, como pueden ser el uso ilegítimo de la marca en el contenido de una página web distinta de la del titular de la marca, el hipervínculo o link, la utilización de la marca en un sistema de adwords como nombre de dominio o meta tag o en las redes sociales.

LOS CASOS MÁS FAMOSOS DE INFRACCIONES EN EL METAVERSO

En el caso más sonado de infracción de marca, en la primavera de 2021, los artistas Mason Rothschild y Eric Ramírez crearon un NFT (siglas de TOKENS NO FUNGIBLES en inglés, que son activos criptográficos que pueden ser comprados y vendidos como cualquier otro tipo de propiedad, pero que no tienen forma tangible). Dicha NFT era la reproducción del clásico bolso de Hermès, Birkin, y al que llamaron Baby Birkin. Se vendió en la plataforma Basic Space por unos 25.00 $.

En el mes de diciembre de 2021, Mason Rothschild lanzó una colección de 100 diferentes NFT que representan el bolso Birkin, llamados MetaBirkin. El primero se vendió por 42.000 $.

El grupo de lujo francés Hermès demandó en Nueva York al artista Mason Rothschild por esta creación de tokens no fungibles con la forma de bolsos de piel inspirados en el famoso modelo Birkin de la marca. Hermès demandó el uso del nombre del dominio «MetaBirkins.com» y el uso sin su autorización del distintivo “Birkin”, que permitió a Mason Rothschild aprovecharse indebidamente de su reputación. Argumentó que el uso de esta serie de imágenes de sus bolsos podría generar confusión en los consumidores, ya que las personas podrían pensar que su marca está conectada de alguna manera con los MetaBirkins.

El artista ha replicado que “las afirmaciones de Hermès no tienen fundamento alguno. Ni he creado, ni vendo falsos bolsos Birkin. He hecho unas obras de arte que representan bolsos Birkin imaginarios cubiertos de piel protegidos por la libertad de expresión”.

Otro ejemplo de uso de marca sin autorización en el metaverso es el de la plataforma de juegos Roblox, donde los usuarios pueden comprar productos de marcas de lujo para sus avatares. Por ejemplo, sudadera de Supreme x Louis Vuitton, pulsera Love de Cartier, blazer de tweed de Chanel, etc. Estos productos virtuales podrían diluir el valor de la marca y ser un obstáculo para futuras colaboraciones de dichas marcas con la plataforma.

A principios de febrero de 2022, Nike presentó una demanda contra la plataforma de reventa en línea StockX en un tribunal federal de Nueva York por la utilización no autorizada de tokens no fungibles (NFT). Nike alega que StockX ha empezado a vender nuevos productos virtuales utilizando las marcas de Nike sin su consentimiento, destinados al consumidor habitual de Nike y vendiendo los NFTs a precios muy inflados. Nike alega que los Vault NFT, que se comercializan sin su autorización, pueden confundir a los consumidores y crear una falsa asociación entre esos productos y Nike, y así, diluir sus marcas renombradas.

Además, Nike amplió su demanda, añadiendo reclamaciones por falsificación y publicidad falsa. Para que un programa de NFT combata con éxito la falsificación, los productos físicos asociados también deben ser auténticos. StockX afirmó que utiliza “un proceso propio de autenticación en varios pasos para cada producto vendido en su plataforma”. En respuesta, Nike realizó compras de prueba en StockX y determinó que al menos cuatro pares de zapatillas que StockX afirmaba que eran auténticas eran en realidad falsas.

El anonimato de la Web3 y la falta de una autoridad centralizada pueden permitir que se produzcan infracciones generalizadas de la propiedad intelectual y de las marcas. Los casos mencionados manifiestan un problema importante al que se enfrentan los titulares de las marcas notorias, que es el uso no autorizado de marcas en el metaverso, concretamente como NFT. La relación con una marca notoria incrementaría considerablemente el valor de un NFT. Obviamente, esto conlleva la obtención de una ventaja injusta y aprovechamiento de la marca de renombre para beneficiarse de su poder de atracción, de su reputación o de su prestigio y explotar el esfuerzo comercial realizado por el titular de la marca para crear y mantener la imagen de esta sin ofrecer a cambio compensación económica alguna.

Cada vez más empresas se ven obligadas a revisar los productos y servicios protegidos por sus marcas para evitar infracciones de este tipo, a la vez que a mantener una intensa vigilancia y defensa sobre estas, e incluso, a crear sus propios metaversos.

 

ACCIONES DE PROTECCIÓN DE LA MARCA EN EL UNIVERSO VIRTUAL

Para proteger adecuadamente sus derechos en entornos virtuales, cada vez más empresas se ven obligadas a mantener una intensa vigilancia y tomar medidas de ejecución contra los infractores, e incluso, crear sus propios metaversos. Nike ha creado su metaverso NIkeland en la plataforma de juegos Roblox. El Corte Inglés ha solicitado la inscripción de la marca Bitcor ante la EUIPO (Oficina de marcas de la Unión Europea), para crear una criptomoneda con la que sus clientes tendrían la posibilidad de realizar sus compras en el metaverso. Adidas anunció recientemente su alianza con la criptomoneda Coinbase. El sector de la automoción tampoco es ajeno a ese universo virtual. Hyundai anunció hace poco su entrada en el mercado de los tokens no fungibles (NFT). Es el primer fabricante de vehículos que se sumerge en el mundo digital con su propia comunidad online, de la mano de la marca NFT “Meta Kongz”, para desarrollar las ideas de “Metamovilidad” y la “Movilidad de las cosas”, y ofrecer soluciones que mejoren la movilidad en el mundo real gracias a la conectividad virtual. A este proyecto le han llamado “Expanding Human Reach” (Ampliar el Alcance Humano). La marca coreana lo definió como “una conexión dispositivo inteligente-metaverso que ampliará el papel de la movilidad a la realidad virtual (RV), en la que las personas tendrán que superar las limitaciones físicas del movimiento en el tiempo y el espacio”.

Asimismo, cada vez más empresas revisan los productos y servicios protegidos por sus marcas para adaptarlos a un entorno digital, solicitando, entre otros:

  • “Bienes y servicios virtuales” , “creación y venta de bienes virtuales” , “bienes y servicios en entornos virtuales”, “productos virtuales descargables”, “productos que se utilicen en línea y en mundos virtuales” utilizando como clases principales la 09, 35 y 41.
  • “Servicios de venta al detalle mediante redes informáticas mundiales relacionadas con [el producto de que se trate]” (clase 35).
  • “Servicios de transacciones financieras de moneda virtual económicas mediante criptomonedas, servicios de gestión de carteras de criptomonedas y servicios de tramitación electrónica de pagos con criptomonedas” (clase 36).
  • “Servicios de educación en línea mediante comunidades virtuales; servicios de esparcimiento, de entretenimiento y de espectáculos en entornos virtuales” (clase 41).
  • “Servicios de consultas médicas a distancia mediante entornos virtuales” (clase 44).
  • “Servicios jurídicos en entornos virtuales” (clase 45).

Y, ¿qué ocurrirá con las marcas existentes que sólo incluyen productos y servicios centrados en el mundo real? ¿Se aplicará la misma protección al metaverso? Asimismo, ¿cómo se gestionarán asuntos como la territorialidad, infracciones y uso no autorizado, licenciamiento? ¿Cuál será la legislación aplicable en casos de infracción de marcas o qué tribunales serán competentes? Son varios los interrogantes y problemas que este medio implica para los signos distintivos.

Esperemos que las sentencias en los casos Hermès vs. Rothschild y Nike vs. StockX aclaren algunas de estas cuestiones y sienten un precedente legal sobre el tipo de NFT que se puede crear y comercializar.

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Agotada la ayuda de la Unión Europea

Agotada la ayuda de la Unión Europea

OFICIALMENTE ESTA AYUDA ESTÁ AGOTADA.

La Unión Europea ha querido contrarrestar los efectos que la COVID-19 ha tenido sobre todo en las PYME, por lo que ha diseñado un programa de ayudas para estimular la competitividad y la calidad de los servicios ayudándoles a darle valor y contenido a sus iniciativas empresariales y a la innovación que aportan, mediante una importante subvención a fondo perdido.

Al final, todas estas actividades empresariales se manifiestan a través de etiquetas que sirven de guía al consumidor para identificar aquellos productos y empresas que consideran más fiables.

Por eso, la ayuda se proporciona para que estas empresas adquieran conciencia y propiedad de uno de sus principales valores,  que en la mayoría de sus casos es su motor y quien mejor les representa entre los consumidores: SU MARCA, que transmite su calidad, prestigio y reputación;  logros conquistados a través de sus garantías individuales.

No deben olvidar que las marcas son responsables de la mayoría de sus ingresos y que sin ellas ustedes apenas tendrían oportunidad de contar con clientes.

Del mismo modo, si la pierden en favor de un tercero que esté atento a hacerse con ellas, estos obtendrían un importante beneficio lográndolo legal y lícitamente, por el mero hecho de registrarla, lo que le permitiría incluso exigirles abandonar su uso.

CUALQUIER EMPRESA QUE SE PRECIE Y APRECIE REGISTRA SU/S MARCA/S COMO SIMBOLO DE GARANTÍA Y CALIDAD

La marca, como símbolo de una empresa, tiene encomendada la función de atraer clientes y fidelizarlos, así como proyectar su prestigio y reputación adquiridos a través de la garantía y calidad que se esfuerzan en mantener y que revela el valor económico y el peso que ocupan el mercado.

De ahí que cada vez más se tasen las marcas y se tenga un conocimiento aproximado de su valor para estimar si la inversión que se realiza sobre ellas es merecida o no; que valor deben aportar nuevos socios; qué valor aporta como garantía prestataria; si se disuelve una sociedad qué valor supone la marca o igualmente en una disolución matrimonial, etc.

SIN PROPIEDAD NO HAY DERECHOS

En esta subvención se admiten tanto las solicitudes de marcas nacionales como las de la Unión Europea así como las de terceros países, tales como Reino Unido (Gibraltar)EE. UU., China, etc.

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PepCola – Pepsi

El Conflicto que mantienen Lemon Factory, S.L. y PepsiCo, inc. deberá resolverse por el Tribunal Supremo. De momento, la Oficina Española de Patentes y Marcas prohíbe a la empresa mallorquina registrar las marcas ya populares de Pep Lemon, Pep Orange, Pep Toni y Pep Cola.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha establecido que Lemon Factory “persigue crear un efecto reflejo en la mente del consumidor, que aprovecha el conocimiento notorio del signo oponente para acoger el producto de la marca aspirante”. Lo que comporta un “comportamiento desleal” que “está expresamente prohibido por la Ley”.

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Coronita, Corona y el grupo vinatero Torres

Coronita, Corona y el grupo vinatero Torres

Hasta 2016, España era el único país que comercializaba la cerveza Corona bajo el nombre de Coronita. La razón era simple: el grupo vinatero catalán Torres tenía registrado el nombre Corona para uno de sus vinos nada menos que desde 1907.

El caso es que nunca se produjo ningún conflicto, al menos, que sea conocido. Todo parece haberse solucionado por acuerdo entre las partes y el nombre irá para apartados distintos: Torres continuará con su registro para los vinos y la otra marca utilizará la denominación para las cervezas. No se sabe más de dicho pacto.

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Ainhoa demanda a L’Oréal en España para que retire su marca Inoa

Ainhoa demanda a L’Oréal en España para que retire su marca Inoa

El enfrentamiento entre Cosmética Cabinas, propietaria de la enseña Ainhoa, y el gigante francés L’Oréal llega a suelo español. Fuentes cercanas a la compañía han confirmado a Modaes.es que la empresa ha iniciado un procedimiento contra L’Oréal ante el juzgado de marca comunitaria de Alicante en el que solicita el cese del uso de la marca Inoa.

 

Que el procedimiento continúe o no depende de la evolución del litigio que ambas empresas tienen abierto a nivel europeo en la Oficina de Registro de las Marcas, Dibujos y Modelos de la Unión Europea (Oami) por el uso de sus respectivas marcas. Tanto Cosmética Cabinas, con su marca Ainhoa, como L’Oréal en el caso de Inoa, operan en el canal profesional.

 

La Oami ha denegado la solicitud de L’Oréal en la que pedía la caducidad y la nulidad de la marca Ainhoa para todos los países en los que distribuye sus productos a nivel europeo.

 

La caducidad exige la demostración de que la marca en cuestión (en este caso, Ainhoa) se haya utilizado durante los últimos cinco años; de no ser así, se retiraría del registro. Por otro lado, la nulidad invalida la marca si existe otra con la que pueda existir conflicto.

 

Según fuentes cercanas al proceso, la Oami ha considerado que Cosmética Cabinas había utilizado sobradamente su marca en Europa, por lo que ha denegado la petición de L’Oréal. No obstante, el grupo de cosmética galo tiene hasta finales de agosto para presentar un recurso contra esta sentencia.

 

Si L’Oréal no presenta el recurso ante el tribunal de Luxemburgo, en el que se está llevando a cabo el proceso, el litigio en el tribunal de Alicante proseguirá su curso. En el caso de que el grupo francés decida recurrir, el juez español podría paralizar el proceso iniciado en Alicante hasta que no se resuelva la demanda en Luxemburgo.

 

“A finales de noviembre habrá una audiencia previa en Alicante en la que se discutirá si el procedimiento continúa, dependiendo de sí L’Oréal presenta el recurso”, sostienen fuentes cercanas al proceso. “El juez puede decidir suspender el procedimiento o continuar pero no dictar sentencia hasta que no se resuelva la demanda presentada en Luxemburgo”, añaden.

 

Desde L’Oréal confirman que han contestado a la demanda interpuesta por Cosmética Cabinas  en Alicante con argumentos sólidos que demuestran que el grupo no ha hecho ningún daño a la marca. Cosmética Cabinas, que está siendo asesorada por el bufete de abogados Cuatrecasas, no ha realizado ninguna declaración.

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Big Mac o el triunfo de un David irlandés contra Goliat

Big Mac o el triunfo de un David irlandés contra Goliat

McDonald’s vio cómo la pérdida de sus derechos para usar en exclusiva la marca ‘Big Mac’, de su icónica hamburguesa, le generó además un fuerte impacto reputacional. El fallo de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a favor de Supermac’s, una cadena de comida rápida con sede en Irlanda, fue explicado en los medios de comunicación como una suerte de victoria de las pequeñas empresas contra las grandes multinacionales en el terreno IP, una batalla estilo David contra Goliat. “Esto evita que las compañías más grandes acosen a las marcas registradas al no permitirles acumular marcas sin usarlas”, afirmó a Reuters el fundador de la cadena irlandesa.

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La mujer andaluza que enfrentó a Carbonell y La Española.

La mujer andaluza que enfrentó a Carbonell y La Española.

¿Podrían decir qué marca de aceite les sugiere la imagen de una mujer de pelo negro con una flor en el pelo y rodeada de olivos? Es posible que duden entre dos marcas bien conocidas en España: Carbonell y La Española.

Este caso demuestra que, más allá del propio nombre de la marca, los elementos gráficos de una simple etiqueta pueden suponer un gran valor para una compañía cuando se han convertido en su seña de identidad. La comparativa de las dos imágenes de mujeres andaluzas en las botellas de aceite de estas dos marcas fueron el gancho perfecto para los medios de comunicación, que dieron amplia cancha a este litigio. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) avaló los argumentos de Carbonell, del grupo SOS, y rechazó registrar la marca La Española al considerar que su etiqueta era muy similar y suponía un riesgo de confusión para el consumidor.

En este litigio, el grupo SOS llevó a cabo una defensa muy proactiva de sus intereses a nivel de comunicación en la prensa: “no vamos a consentir es que nadie cometa actos de piratería con algo que es parte de nuestro patrimonio y uno de nuestros principales activos», declaró el presidente de la compañía en uno de los principales periódicos nacionales.

Como muestran estos casos, las disputas entre marcas atraen especialmente la atención de los medios de comunicación, que muchas veces simplifican complejos litigios llenos de matices en pos de titulares atractivos, quedando estos resumidos a una mera batalla entre logos famosos para el imaginario público. Diseñada en paralelo a la estrategia legal, una estrategia para la comunicación del conflicto bien orientada puede ayudar a proteger la reputación y el valor de la marca ante la opinión pública, pudiendo incluso llegar a ser un elemento determinante de cara a la resolución del proceso.

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Siete años de pleito ‘techie’: Apple vs. Samsung

Siete años de pleito ‘techie’: Apple vs. Samsung

En 2011, Apple demandó a la compañía surcoreana por copiar sus patentes en smartphones. Desde entonces, ambas empresas mantuvieron una guerra legal hasta que ,en 2018, un jurado estadounidense dio la razón a Apple y poco después llegaron a un acuerdo económico para evitar que Samsung recurriera la decisión. Los de la manzana aseguraron que no les importaba el dinero, sino que el asunto era cuestión de reputación porque Samsung les había copiado. Sin embargo, a pesar de la victoria judicial de Apple, Samsung ganó en el terreno del valor de marca al aparecer como competidor directo contra Apple en el sector del smartphone. La guerra judicial y su derivada mediática permitió a Samsung darse a conocer en el mercado de los smartphones en un momento donde la empresa era conocida principalmente por sus televisores de plasma.

 

por Lara Martín
22 julio 2021

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Guerra por la marca de ron Havana Club entre Bacardi y Pernod

Guerra por la marca de ron Havana Club entre Bacardi y Pernod

Las espadas vuelven a estar en alto entre Bacardi y Pernod-Ricard en el viejo contencioso por el control de la marca de ron Havana Club, que dura ya una década. La compañía estadounidense Bacardi advirtió ayer de que se “defenderá con vigor” ante cualquier demanda que presente su rival francesa, que intenta impedir que Bacardi comercialice en EE UU el conocido ron bajo la conflictiva marca.

Pernod, con sede en París, tiene autorización de Cuba desde 1993 para vender este licor en 183 países, excepto en EE UU, por el embargo que aplica el país a los productos cubanos. Además, hace unos días las autoridades estadounidenses declararon que el registro de la marca por parte de Cuba había caducado, lo que permitió a Bacardi anunciar poco después el relanzamiento de la marca en Estados Unidos a través de una firma establecida en Puerto Rico.

 

El Tesoro estadounidense negaba poco después al Ejecutivo cubano la posibilidad de renovar la licencia, que controla desde 1959. Pernod-Ricard respondió diciendo que está dispuesta a llevar ante los tribunales el rechazo de las autoridades de EE UU a renovar el registro de la marca, y en este sentido amenazó con demandar a cualquier empresa que quiera vender en EE UU bajo la marca Havana Club un ron que no sea cubano. Barcadi dijo ayer que estas amenazas legales son “infundadas”.

 

SANDRO POZZI
Nueva York – 

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Un tribunal falla a favor de Blockbuster en un conflicto de marcas

Un tribunal falla a favor de Blockbuster en un conflicto de marcas

La Audiencia Provincial de Cáceres ha dictado una sentencia en la que declara la nulidad de la marca Bluster Vídeo y falla a favor de la empresa Blockbuster, propietaria de las marcas Blockbuster y Blockbuster Vídeo. El fallo de la Audiencia, publicado por la revista jurídica Diario de las Audiencias, acoge el recurso presentado por Blockbuster y reconoce la nulidad de la marca Bluster por considerar que induce a error al consumidor respecto a la identidad de los productos que representa.

 

La decisión del tribunal revoca la adoptada por el juzgado de primera instancia que estimó que ambas marcas eran lo suficientemente diferentes como para no provocar confusión en el mercado. La resolución de la Audiencia recuerda que las marcas registradas por Blockbuster son anteriores a la marca Bluster Vídeo. “Son precisamente estos derechos de marca los que a juicio de la demandante entran en conflicto con la marca semejante de la entidad demandada que, bajo la denominación Bluster Vídeo, fue inscrita en la Oficina Española de Patentes y Marcas con fecha muy posterior”, señala el tribunal. La sentencia afirma que la marca permite al consumidor distinguir sin confusión productos similares “y por ello la ley impide registrar una que por su semejanza fonética o gráfica produzca confusión o genere riesgo de asociación con otra marca anterior”.

 

Así, el fallo llega a la conclusión de que la marca Bluster Vídeo “es fácilmente confundible con el grupo fónico que compone la marca oponente, Blockbuster Vídeo, por ser comunes las sílabas más características de una y otra denominación”. Para la Audiencia de Cáceres es evidente la confusión, “máxime cuando también existe total identidad en la clase de servicios amparados por la marca”.

La resolución del tribunal afirma que “la identidad de las marcas, en su denominación, produce un indiscutible error en el público consumidor, ya que en este momento se da una duplicidad de marcas registradas que son incompatibles”.

La sentencia recuerda los derechos de los consumidores “a recibir veraz y adecuada información sobre los productos, como base indispensable para permitir una libre y consciente decisión de compra”. El fallo afirma que esos derechos constituyen uno de los fundamentos clave por los que se protegen las marcas. El tribunal obliga a anular la inscripción de la marca Bluster Vídeo en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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Una crema de Mercadona de 4,5 euros gana la batalla judicial a una firma de lujo

Una crema de Mercadona de 4,5 euros gana la batalla judicial a una firma de lujo

Se llama Star Healthcare SL y es una pequeña compañía de la localidad granadina de Peligros. Esta empresa es la encargada de fabricar algunas marcas cosméticas para Mercadona y acaba de salir victoriosa de una larga batalla judicial contra la empresa Natura Bissé. Esta última es conocida por ser la preferida de Miley Cyrus y Beyoncé.

Tal y como informa El Confidencial, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado que la empresa andaluza podrá seguir fabricando una crema facial muy similar a la de Natura Bissé.

La Oficina Española de Patentes y Marcas dio la razón a la empresa catalana Natura Bissé el pasado verano y determinó que el proveedor de Mercadona no podía hacer uso de la palabra diamond en la crema Sisbela Diamond Revitalizante. Sin embargo, tras recurrir frente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la justicia ha fallado a favor de la empresa andaluza.

Este tribunal considera que Star Healthcare tiene derecho a usar esta palabra y a llamar así a su crema para el contorno de ojos al entender que no vulnera los derechos de Natura Bissé, cuya crema se llama Diamond Extreme Eye. Por tanto, se entiende que no existe riesgo de confusión entre los nombres de ambas cremas.

La pelea judicial se remonta al año 2017, cuando la empresa catalana emitió un burofax a Amifar Laboratorios, propiedad de Star Healthcare. En el escrito se aseguraba que el proveedor de Mercadona estaba violando los derechos de la marca de lujo. En el texto se pedía a la compañía granadina que “cesara en la fabricación, tanto directamente como a través de terceros, del producto anteriormente identificado, así como de cualquier otro producto cosmético identificado por la denominación diamond o cualquier otra que pueda ser confundible o asociable con nuestras marcas”.

Sisbela Diamond Revitalizante es uno de los productos estrella en la sección de cosmética de Mercadona, y no es para menos. Sus características son propias de cualquier producto de lujo, pero a un precio de 4,5 euros por unidad. La Diamond Extreme Eye tiene un precio de 150 euros.

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Larga batalla judicial de Nestlé en España contra cápsulas de marca blanca

La larga batalla judicial de Nestlé en España contra cápsulas de marca blanca

Madrid, 9 sep (EFE).- La multinacional Nestlé ha llevado ante la Justicia a varios fabricantes españoles de cápsulas de café de marca blanca para su Dolce Gusto y, aunque al menos dos sentencias conocidas este año le han dado provisionalmente la razón, en la práctica sus competidores han hallado la forma de seguir vendiendo.

La estrategia judicial sobre Dolce Gusto de Nestlé -diseñada y ejecutada desde su sede internacional y que se extiende a otros mercados, según explican a Efe fuentes de la empresa- recuerda a la que ya utilizó durante años con Nespresso, máquina también de su propiedad, e incluso alguno de los demandados son los mismos.

Es el caso de Fast Café, de la asturiana Cafés Oquendo, que produce cápsulas bajo la marca “Me piachi” y para la cadena de supermercados catalana Bon Preu, y que ahora se ve las caras con la multinacional ante el juez por producir referencias para Dolce Gusto tal y como ya le ocurrió en el pasado con artículos para Nespresso.

El fallo más reciente, sin embargo, afecta a la sociedad catalana Expressate -que ha comercializado cápsulas de marca blanca de Carrefour y DIA- y la riojana Cocatech -proveedor de Mercadona-.

El conflicto judicial se centra en el diseño de las cápsulas, protegidas por una patente; mientras que Nestlé argumenta que sus competidoras han copiado este sistema, las demandadas consideran que existen diferencias suficientes como para que su producto quede fuera del ámbito de protección.

En esta última sentencia, el propio tribunal reconoce que se trata de un tema de especial “complejidad”, y el documento está plagado de fotografías y detallados análisis sobre el funcionamiento de las cápsulas una vez introducidas en la máquina para dilucidar cuál de las partes lleva razón.

Este fallo, que ya ha sido recurrido por Expressate y Cacaotech, da cautelarmente la razón a Nestlé y obliga a las demandadas a dejar de fabricar y vender las referencias objeto de la denuncia.

Sin embargo, un portavoz de Cacaotech ha confirmado a Efe que continúan siendo los proveedores de las cápsulas de marca blanca que se comercializan en Mercadona: “ninguna de las cápsulas que actualmente se venden tienen relación con el proceso judicial existente, dado que se retiraron hace aproximadamente un año para sustituirse por otras de diferentes características”.

Sus responsables han asegurado que las nuevas cápsulas “tienen características distintas y no son objeto del procedimiento” y fueron lanzadas al mercado debido, precisamente, al conflicto abierto en los tribunales.

Pese a ello, Cacaotech ha recurrido la decisión judicial por considerar que “no existe infracción de las patentes de Nestlé”.

En este sentido, un portavoz ha subrayado que la Justicia italiana ya ha emitido una sentencia firme en la que da la razón al que era su proveedor de las citadas cápsulas, Bisioprogetti.

La protección de sus patentes por la que lucha Nestlé -que se registra en más países aparte de España- se da en un contexto de fuerte competencia, ya que con el paso de los años han ido surgiendo decenas de productores en el segmento de las cápsulas de café soluble que rivalizan con sus marcas.

Entre las más potentes figura Jacobs Douwe Egberts, dueña de Marcilla y la enseña L’Or, que como otros ya se ha aprovechado de que algunas de las patentes registradas por la multinacional suiza -que no aporta datos sobre qué porcentaje de su facturación procede de su división de café en cápsulas- han expirado y de algunos reveses judiciales cosechados en los tribunales.

Nestlé comenzó a apostar por el café en cápsulas monodosis en 1986, pese a que el proyecto permanecía guardado en un cajón desde mucho antes; de hecho no fue hasta la entrada en el nuevo siglo que su consumo se convirtió en un fenómeno, beneficiándose durante años de tener prácticamente el monopolio en este sector.

Según datos de la consultora Kantar, sólo en España en 2018 el café en cápsulas ya suponía más del 44 % de las ventas en valor de este mercado, pese a representar apenas el 16 % del volumen de consumo, lo que refleja un precio por unidad sensiblemente superior. EFE

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Tolentino pierde su primera batalla judicial contra Tommy Hilfiger por el logotipo

Tolentino pierde su primera batalla judicial contra Tommy Hilfiger por el logotipo

La empresa sevillana de complementos de moda Tolentino Hats ha perdido la primera batalla judicial contra el gigante de la moda Tommy Hilfiger por el uso del logotipo TH al permitir un juez de Barcelona a la empresa americana que lo siga utilizando en sus bolsos y carteras.

Fuentes de Tolentino, afincada en Sevilla y especializada en sombreros y en complementos de moda, han informado de que el juzgado de mercantil 6 de Barcelona deniega a la empresa sevillana su petición para que Tommy Hilfiger deje de usar el logotipo TH en muchos de sus bolsos y carteras, ya que Tolentino lo había registrado con anterioridad, en 2010.

Tolentino basaba su demanda en que el uso del logo TH por Tommy Hilfiger “denigra su registro de marca mixta y puede confundir al consumidor sobre el origen de los productos o la vinculación entre ambas marcas, llegando a pensar que Tolentino depende o esta vinculada a la multinacional norteamericana de moda”.

Los empresarios sevillanos, que han recurrido ante la Audiencia Provincial de Cataluña, consideran “injusta” la sentencia y sostienen que “favorece los intereses de una multinacional en detrimento de la compañía andaluza, especialmente al dictaminar que un símbolo o logotipo puede ser digno de protección para marcas más notorias (como Tommy) pero no en el caso de una empresa más modesta, como Tolentino”.

Según la sentencia del Juzgado Mercantil 6 de Barcelona, el logotipo de Tolentino “no es la parte predominante de su registro marcario, que es de carácter mixto, permitiendo expresamente que Tommy Hilfiger lo utilice en sus bolsos y carteras”.

Además, la sentencia, por petición de Tommy Hilfiger, declara la caducidad de la marca Tolentino para todo el sector de calzado, prendas de vestir y sombrero, con excepción de tocados y sombreros de vestir de señora.

De confirmarse la sentencia, Tolentino solo podría defender su marca para ese uso restringido y no para otros sombreros de señora o de hombre, bolsos o complementos de moda en general, que los sevillanos consideran su verdadero mercado.

No obstante, los empresarios sevillanos, que iniciaron su actividad de sombrerería hace unos quince años y ya están presentes con sombreros y complementos en el mercado nacional y en el internacional, seguirán defendiendo su logotipo porque consideran que es “tan digno de protección como el de cualquier internacional” y defienden que son importantes para identificar sus productos en el sector de la moda.

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Ralph Lauren gana la batalla judicial al dibujo de una empresa española

Ralph Lauren gana la batalla judicial al dibujo de una empresa española

El TGUE dispone que solo podrá declararse la nulidad de una marca de la Unión cuando el derecho anterior a que se refiere dicha disposición “exista” .

Victoria Royo Pérez. El tribunal europeo ha confirmado la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que desestimó la solicitud de nulidad presentada por la empresa madrileña Style & Taste frente a la marca del caballo de Polo Ralph Lauren. El TGUE considera que el uso de la marca de la compañía estadounidense ya no podía prohibirse en virtud del dibujo anterior de la española, ya que esta en la fecha de la resolución había caducado.

La sentencia del TGUE de 2 de mayo de 2021 (T-169/19) no entra a comparar siquiera los signos en conflicto, y concluye que para solicitar la nulidad de una marca de la Unión con arreglo al artículo 52, apartado 2, letra d), del Reglamento n.º 40/94, el titular del derecho de propiedad industrial anterior debe demostrar necesariamente que ese derecho le permite prohibir el uso de tal marca no solo en la fecha de presentación de la solicitud, sino también en la fecha en la que la EUIPO se pronuncie sobre dicha solicitud.

Es decir, no sirve únicamente haber registrado el dibujo antes, sino que debe seguir vigente durante todo el procedimiento.

El caso en la EUIPO

El 29 de septiembre de 2004, The Polo/Lauren Company LP solicitó ante la EUIPO el registro como marca de la UE para, entre otros, vestimenta y calzado, un signo figurativo que se compone de jugador de polo a caballo sosteniendo el alto su palo de color negro. La marca fue registrada el 3 de noviembre de 2005.

Ante esta solicitud, el 23 de febrero de 2016, la empresa española, dedicada a la moda masculina, presentó una solicitud de nulidad de la marca neoyorquina sobre la base de un derecho de propiedad industrial, concretamente, en un dibujo español registrado el 4 de marzo de 1997, muy similar al signo en conflicto:

La EUIPO desestimó la solicitud de nulidad, y Style & Taste interpuso un recurso contra la resolución de la División de Anulación, que fue nuevamente desestimado por considerar que el registro del dibujo o modelo anterior había caducado el 22 de mayo de 2017.

Así, la empresa española recurrió la resolución de la EUIPO ante el Tribunal General de la Unión Europea solicitando, en esencia, que modificase la resolución impugnada declarando la nulidad de la marca de Ralph Lauren.

Un dibujo caduca, una marca no

En primer lugar, el TGUE recuerda que el artículo 52, apartado 2, letra d), del Reglamento n.º 40/94 (actualmente, el artículo 60, apartado 2, letra d), del Reglamento 2017/1001, sobre la marca de la Unión Europea) tiene por objeto “proteger los intereses individuales de los titulares de derechos de propiedad industrial anteriores que entran en conflicto con marcas posteriores de la Unión”. Así pues, la sentencia señala que para solicitar la nulidad de la marca de la empresa norteamericana con arreglo a dicha disposición, la empresa española debe necesariamente acreditar la existencia de un conflicto con esa marcas desde la fecha de presentación de la solicitud o de prioridad de estas. Además, “debe demostrar que ese derecho le permite prohibir el uso de tal marca en la fecha de presentación de la solicitud o de prioridad de esta”.

De ello se deduce que, si una marca anterior se invoca en apoyo de una solicitud de nulidad, pero esta ya no goza de la protección de la Unión en la fecha en la que se pronuncia la EUIPO sobre dicha solicitud, deberá desestimarse dicha solicitud de nulidad. En este sentido, como apunta Laura Montoya, responsable del departamento Legal & Litigios de ABG Intellectual Property (ABG IP), “la norma aplicable al caso exige que, en el momento de declararse la nulidad de una marca posterior por la existencia de un diseño anterior, este diseño anterior esté en vigor y – conforme a la ley del país del diseño – su titular pueda hacerlo valer frente a terceros”.

En este caso, no se discute que el registro del dibujo anterior expiró en 2017, es decir, antes de la adopción de la resolución impugnada, el 7 de enero de 2019. Y si bien la recurrente alega que el “Derecho español no le permitía renovar el registro de ese dibujo o modelo, pero que este no había desaparecido por haber expirado”, lo cierto es que en la legislación española los dibujos tienen un límite de protección de 25 años, que no se puede ampliar, mientras que la protección de las marcas es indefinida, siempre que se abonen las tasas de renovación. Así, dado que en este caso el diseño había caducado en esa fecha, tanto la EUIPO como el Tribunal General han rechazado declarar la nulidad de la marca.

No obstante, la letrada de ABG señala que a la vista de esta sentencia la cuestión que surge es qué habría pasado si el diseño anterior hubiera estado en vigor en el momento de adoptarse la decisión. En tal caso, la experta sugiere que si la EUIPO hubiera entrado a conocer del fondo del asunto, “habría habido un riesgo de que se declarase nula la marca gráfica de Polo Ralph Lauren en la UE”. “Ello no habría implicado la pérdida total de derechos sobre la figura del jugador de polo”, añade la letrada, “pero hubiera supuesto un revés”.

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Chanel pierde la batalla judicial contra Huawei

Chanel pierde la batalla judicial contra Huawei

El 26 de septiembre de 2017, Huawei Technologies solicitó registrar una marca y un logo en la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO). Meses más tarde, Chanel, la firma de moda de lujo, presentó un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) al considerar que el logo registrado por la marca china guardaba una similitud con el famoso logo de la empresa francesa, en el que se entrelazan dos ‘C’. Ahora, tras varios años en manos de la Justicia, el TGUE ha desestimado el recurso presentado por Chanel permitiendo que Huawei pueda seguir utilizando el logo registrado hace algo más de tres años.

El tribunal explica que, para tomar una decisión, se deben analizar las marcas en conflicto en la forma en la que han sido registradas o solicitadas, sin tener en cuenta posibles rotaciones durante su uso en el mercado. Esto se debe a que las ‘C’ de Chanel aparecen entrelazadas de manera horizontal y las ‘U’ de Huawei de manera vertical. Por eso, aunque el TGUE asegura que hay similitudes, también argumenta que existen “diferencias importantes” entre ambos logos.

Lo cierto es que ambos logos tienen varias similitudes, ya que ambos aparecen dentro de una circunferencia y utilizan letras parecidas estéticamente como son la ‘C’ y la ‘U’, además en ambos casos las letras se entrelazan. Sin embargo, el tribunal entiende que no existe riesgo de confusión para el consumidor ya que no son diseños similares. Por tanto, y con estos argumentos sobre la mesa, la justicia europea da la razón a la EUIPO, quien en 2019 ya desestimó el recurso presentado por la marca francesa. Este organismo también aseguró que no había riesgo de confusión entre el característico logo de la compañía francesa y el que había solicitado registrar la tecnológica asiática.

 

De esta manera, el conflicto judicial, que empezó en diciembre de 2017 cuando Chanel presentó un recurso para oponerse al registro de ese logo de Huawei, queda resuelto a favor de la compañía china, que podrá seguir haciendo uso de su logo registrado ante la EUIPO. Pese a los recursos que la empresa francesa presentó en 2019 para elevar el conflicto a tribunales superiores, la justicia sigue posicionándose del lado del fabricante de móviles al entender que no existe riesgo de confusión para los consumidores.

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